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La exigencia de SUBTEL: Velocidad de Internet que las compañías deben entregar a sus clientes

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Andrés Villalobos Elola

Gerente de Proyectos en MBservices

Andrés Villalobos es el Gerente General de MBservices, especializada en biometría facial y voz, control de acceso y verificación de identidad. Representa a Veridas, líder en verificación de identidad. Con amplia experiencia en certificaciones Subtel y homologaciones, Andrés asegura la conformidad regulatoria y la calidad de las tecnologías. Su enfoque estratégico en outsourcing de ingenieros y su liderazgo visionario han sido clave para el éxito de MBservices en ofrecer soluciones tecnológicas avanzadas y seguras.

Aspectos que Veremos

El día 22 de julio del año 2020 la Subsecretaría de Telecomunicaciones de Chile ha establecido nuevos estándares de calidad para el servicio de acceso a Internet. El reglamento de la Ley de Velocidad Mínima Garantizada de Acceso a Internet, que contiene la normativa técnica que deben cumplir los operadores del sector, ha sido aprobado por la Contraloría General de la República. La iniciativa implica una serie de normativas que regulan las ofertas comerciales y entrega del servicio de banda ancha. Que tiene como objetivo resolver uno de los principales malestares de los usuarios de Internet, quienes muchas veces reclaman debido a que no reciben la velocidad contratada en la promesa comercial.

SUBTEL ha definido por norma técnica los grandes indicadores que deberán cumplir los operadores en materias de calidad de servicio que son detallados a continuación:

  1. Definición de Banda Ancha: SUBTEL ha establecido que los planes deberán contemplar 5 mbps en servicios móviles y 25 mbps en servicios fijos. En esta línea, cabe señalar que en las redes fijas la definición de SUBTEL es 100 veces más que lo propuesto por la industria. No obstante, las empresas pueden ofrecer planes con velocidades menores a este piso, sin embargo, no podrán utilizar el término “banda ancha” en estos productos y deberán ocupar otra denominación, especificando de manera clara las características técnicas y comerciales de dichos planes. Estos estándares operarán durante el primer año de funcionamiento del OTI, ya que a partir del segundo año la definición de banda ancha corresponderá al promedio de velocidad nacional medido por el mismo aumentado en un 10% y será anualmente actualizado.
  2. Porcentajes mínimos que debe cumplir el operador con respecto de las velocidades comprometidas a los clientes: La Ley señala que deberán establecerse porcentajes garantizados de las velocidades comprometidas y SUBTEL ha definido en la normativa técnica un estándar exigente:

Horario Alto: 95% de la velocidad contratada en Internet Fija y 90% de la velocidad contratada en Internet inalámbrica (móvil y satelital).

Horario Bajo: 98% de la velocidad contratada en Internet Fija y 93% de la velocidad contratada en Internet inalámbrica (móvil y satelital).

La exigencia establecida por la Subsecretaría de Telecomunicaciones de Chile (SUBTEL) en cuanto a la velocidad de internet que las compañías deben entregar a sus clientes es primordial para asegurar una experiencia de navegación óptima. Dicho esto, aquí en MBservices nos hemos preparado para realizar las pruebas correspondientes y así comprobar el rendimiento de los servicios con una serie de pruebas. Si requieres apoyo en esta u otras pruebas contáctanos a laboratorio@mbservices.cl

 

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